Una demanda histórica de FUNDACE CLM para dar respuesta a problemáticas complejas que afectan no sólo a la persona afectada por un daño cerebral sobrevenido, sino también a su familia y, en muchas ocasiones, a su entorno social más próximo.

Las secuelas que deja un daño cerebral sobrevenido en la persona que lo sufre son diferentes en cada caso, según la zona del cerebro en la que se localiza la lesión y el tamaño de la misma. Estas secuelas pueden ser conductuales, con reacciones de irritabilidad, agresividad, desinhibición, impulsividad o labilidad emocional, agravadas en muchos casos porque la persona afectada no es consciente de su patología.

En FUNDACE CLM tenemos casos en los que estos cambios conductuales repercuten de manera negativa en la convivencia de la persona afectada y su entorno social más próximo, derivando en ocasiones en conflictos constitutivos de delitos que hacen que las personas a las que atendemos terminen bien privadas de libertad, o estén en libertad y generen graves problemas de convivencia problemas en su entorno.

Para dar respuesta a estas situaciones, es preciso que la Administración cuente con recursos públicos que puedan acoger a personas con DCS con este tipo de trastornos y que, claramente, necesitan de una atención especializada en dispositivos cerrados donde se vele por su cuidado y haya control y seguimiento en la toma de la medicación pautada, que en algunos casos y por la ya mencionada falta de consciencia de la patología, las personas no siguen, lo que agrava la situación considerablemente.

Existen en este tipo de centros en la red pública del Servicio de Salud Mental, pero para acceder a ellos es precisa la derivación por parte de un profesional de la Psiquiatría, y dado que el DCS está catalogado como una discapacidad orgánica, se aduce que no hay una base psiquiátrica al ser pacientes neurológicos y, por tanto, no cumplen requisitos para el acceso a estos recursos, como tampoco cumplen los exigidos para optar a recursos de la red pública de Bienestar Social.

En este sentido, las personas con daño cerebral sobrevenido y graves trastornos de conducta, se quedan en tierra de nadie en cuanto a la necesidad de atención institucionalizada.

Ejemplos concretos

Un ejemplo de esta situación que exponemos es el de una persona con DCS a la que desde FUNDACE CLM prestamos medidas de apoyo establecidas judicialmente y que ocasiona molestias permanentes y graves conflictos vecinales debido a su patología.

Los vecinos de la comunidad donde reside están cansados de la situación, puesto que no pueden descansar por los ruidos que origina el afectado a altas horas de la noche, a lo que se suma un comportamiento sumamente agresivo como consecuencia de las secuelas que padece.

Esta situación genera una tensión en el edificio y problemas vecinales que son complicados de abordar porque la persona afectada ni quiere marcharse a otro lugar –lo que sería trasladar el problema de un sitio a otro– ni por su situación económica puede permitirse un arrendamiento convencional (está en régimen de arrendamiento social, precisamente por su discapacidad). También se niega a la toma de ninguna medicación y al seguimiento médico.

Desde FUNDACE CLM consideramos que este es un claro ejemplo de persona que precisa un dispositivo como los existentes en la red de recursos públicos de la Unidad de Salud Mental, para salvaguardar no sólo su bienestar sociosanitario, sino también la integridad personal del vecindario, puesto que tememos que en alguna ocasión pueda tener alguna conducta delictiva, fruto de su situación clínica.