La aprobación por parte del Congreso de los Diputados de la reforma del artículo 49.1.e) del Estatuto de los Trabajadores permitirá que la decisión de finalizar el contrato laboral dependa de la voluntad del trabajador y de la posibilidad de adaptar el puesto de trabajo o de asignar un puesto vacante que se ajuste al perfil profesional del empleado y compatible con su nueva situación.
Tras la aprobación de esta modificación por una amplia mayoría de la Comisión de Trabajo, Economía Social, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del Congreso, sólo queda su ratificación en el Senado, tras la que sería remitido al Boletín Oficial del Estado (BOE) para su publicación y entrada en vigor.
Con esta nueva redacción, se elimina como causa automática de extinción de la relación laboral el reconocimiento de la incapacidad permanente de la persona trabajadora.
Una vez que entre en vigor esta modificación, la persona con discapacidad podrá elegir si quiere extinguir su relación laboral o si quiere permanecer en el puesto de trabajo, en cuyo caso será obligatorio que la empresa realice los ajustes razonables para adaptar su puesto. El trabajador también podrá solicitar el cambio a otro puesto de trabajo vacante y disponible, acorde con su perfil profesional y compatible con su nueva situación.

Con esta medida, se abre una puerta a las personas con daño cerebral que tienen reconocida una incapacidad laboral y quieren seguir trabajando. La posibilidad de extinguir el contrato, hasta ahora elegida por la empresa, se vincula a la voluntad de la persona trabajadora que podrá plantear o bien una adaptación del puesto de trabajo razonable, necesaria y adecuada, o bien el cambio a otro puesto de trabajo vacante y disponible, acorde con su perfil profesional y compatible con su nueva situación.
El texto también establece los criterios que permiten determinar cuándo los ajustes necesarios constituirían un coste excesivo para la empresa valorando, de manera específica, si los gastos de adaptación pueden sufragarse con ayudas o subvenciones públicas de manera parcial o total y también, en su caso, si son razonables para el tamaño de la empresa.
Desde el Movimiento Asociativo del Daño Cerebral en Castilla-La Mancha nos felicitamos por esta nueva medida legislativa, que supone acabar con una discriminación que venían sufriendo las personas afectadas por una discapacidad sobrevenida.